Trámites tasa por servicios generales
Estos trámites se inician en la Ventanilla Única Simplificada.
Solicitud de eximición de pago de tasa por servicios generales
La eximición de pago de la Tasa por Servicios Generales es la liberación/exención del pago del impuesto municipal, este trámite es de carácter restrictivo y se otorga si la capacidad económica del ciudadano así lo justifica.
¿Quiénes pueden ser eximidos?
De acuerdo a lo establecido por el Capítulo 12 de la Ordenanza Fiscal Impositiva podrán ser eximidos del pago de la Tasa por Servicios Generales:
- Jubilados y Pensionados: Los propietarios de una única vivienda destinada y utilizada como residencia permanente, no afectada a otro fin que la ocupen exclusivamente con el grupo familiar, cuya relación con la misma fuere:"
- Propietario;
- Poseedores de Boletos de compraventa;
- Poseedores de libretas de pago;
- Declaratoria de herederos;
- Con condominio en la proporción que le corresponda;
- Usufructo vitalicio;
- Usufructo vitalicio a acrecer;
- Certificación del organismo de tierras de haber reunido los requisitos básicos para encuadrar en la Ley N° 24.374.
- Excombatientes, Integrantes del Operativo Cóndor.
- Beneficiarios de Planes de Empleo (Jefas y Jefes, Barrios Bonaerenses, etc.) establecidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación o por la Provincia de Buenos Aires.
- Ciudadanos mayores de 65 años poseedores de una única vivienda cuando no perciban jubilación, pensión o ningún otro tipo de ingreso.
- Personas carenciadas. (*)
- Personas con capacidades diferentes. (*)
- Personas con enfermedades de tratamiento prolongado.
- Asociaciones Civiles sin fines de lucro.
- Entidades Religiosas y Cultos Reconocidos.
- Entidades de Socorros Mutuos y Mutuales.
- Asociaciones profesionales con personería gremial.
- Fundaciones sin fines de lucro.
- Establecimientos industriales que se instalen en el Distrito en caso de incorporar personal con domicilio en Ituzaingó, en más del 50% (cincuenta por ciento) de su planta, durante el ejercicio en que se efectúe la solicitud y el siguiente."
(*)Las personas en situación de vulnerabilidad social o con capacidades diferentes podrán gozar de los beneficios de las exenciones que se determinan cuando:
- Carezcan de propiedad inmueble o sean propietarios únicamente de una, destinada a vivienda propia y cuya superficie no supere los 70 m².
- Deberán justificar la titularidad de dominio mediante escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa o libreta de pago cuya autenticidad quede fehacientemente probada.
- De considerarse conveniente se practicará previamente, un estudio socioeconómico del peticionante y su grupo familiar conviviente.
- Nota dirigida al Sr. Intendente solicitando la eximición de la Tasa por Servicios Generales, argumentando los motivos por los cuales se solicita el beneficio. Además dicha nota deberá contener todos los datos personales del solicitante (Nombre, Apellido, DNI, Domicilio, Teléfono de contacto y Dirección de Correo Electrónico).
Original y Fotocopia de:
- Título de propiedad o instrumento que acredite la titularidad, con el timbrado correspondiente según la Ley de Sellos.
- Documento Nacional de Identidad (esposo/a) 1 copia de cada uno.
- Recibo por la Tasa por Servicios Generales.
- Plano de obra (No excluyente).
- Recibo de cobro de haberes actualizado.
La siguiente documentación varía según el caso:
- Certificado de defunción.
- Libreta de matrimonio.
- Certificado de discapacidad y/o certificado médico. Comprobantes de pago de medicamentos/servicios.
- En caso de ser ciudadano extranjero deberá presentar constancia del consulado donde conste que no percibe jubilación de su país de origen.
Deben renovarse anualmente con la misma documentación detallada para una primera solicitud.
Este trámite no tiene costo.
Reclamos referentes a la liquidación de tasas
En las siguientes situaciones:
- Acreditación de pago: si se realizó el pago de la tasa y figura como adeudada, se puede realizar este reclamo con el comprobante de pago.
- Bonificación por pago en término: las partidas que al cierre del ejercicio anterior no registren deuda y acredita haber abonado puntualmente cada uno de los vencimientos de la tasa al cierre de cada ejercicio financiero, corresponde la bonificación de una cuota anual. En caso de no percibirlo y siempre que las condiciones de pago sean las mencionadas, se puede reclamar para percibir el descuento.
- Pago doble: sucede cuando se abona dos veces la misma cuota de la tasa por servicios generales.
- Incremento en la tasa: es un posible reclamo en el que el ciudadano manifiesta la disconformidad con respecto al aumento de la tasa municipal.
- Pago equivocado: sucede cuando hay una equivocación al momento de abonar la tasa y paga partida o legajo que no corresponde.
- DNI y copia.
- Escritura original y copia
- Recibo de la Tasa por Servicios Generales.
- Escrito aclarando el fundamento del reclamo.
- Comprobante de pago original y copia.
Estos trámites no tienen costo, excepto pago equivocado (costo del timbrado según Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente: $ 2099).-
Certificado de escribano - Solicitud certificación de deuda Ley nº 7438
Es un trámite en el que se detallan las modificaciones en el dominio del inmueble. El formulario lo otorga el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.
1 copia del Estado Parcelario.
1 copia Formulario 901.
1 copia del informe complementario del Certificado Catastral (donde se exprese la VALUACIÓN AL ACTO).
Costo del timbrado según la Ordenanza Fiscal e Impositiva sujeto a cálculo.
Certificado de numeración domiciliaria
Es un certificado que se extiende a pedido del ciudadano para la realización de diversos trámites que lo requieran y es entregado en el momento.
- DNI.
- En caso de poseer presentar plano de obra.
- Título de propiedad o instrumento que acredite titularidad del inmueble timbrado de acuerdo a la Ley de sellos, o certificada ante escribano público.
- Recibo de la Tasa por Servicios Generales al día.
- Completar formulario de certificación de numeración domiciliaria (se anuncia en Ventanilla Única Simplificada y se retira en el Departamento de Registración Catastral, antes de dirigirse al pago del timbrado correspondiente).
- En el caso de profesionales deberán presentar una autorización del propietario.
Costo del timbrado según la Ordenanza Fiscal e Impositiva: $ 2698.-
Cambio de domicilio postal de la tasa por servicios generales
Es un trámite en el que se solicita el cambio del domicilio postal (de envío) de la Tasa por Servicios Generales.
El trámite lo pueden realizar las personas que demuestren titularidad. En caso de presentarse un tercero deberá hacerlo acompañado de una autorización con firma certificada ante Escribano o bien acercarse a la Peatonal Eva Perón 848 con el titular y realizar la autorización por única vez en la Municipalidad.
Completar Formulario de Cambio de Domicilio Postal con todos los datos personales del solicitante (Nombre, Apellido, DNI, Domicilio, Teléfono de contacto y Dirección de Correo Electrónico)
Original y Fotocopia de:
- DNI.
- Recibo de la Tasa por Servicios Generales a nombre del solicitante.
Este trámite no tiene costo.
Cambio de titularidad de la tasa por servicios generales
Es un trámite a través del cual se puede realizar la modificación en la titularidad de un inmueble.
El trámite lo pueden realizar las personas que demuestren titularidad. En caso de presentarse un tercero deberá hacerlo acompañado de una autorización con firma certificada ante Escribano o bien acercarse a la Peatonal Eva Perón 848 con el titular y realizar la autorización por única vez en la Municipalidad.
Nota dirigida al Sr. Intendente solicitando el cambio de Domicilio de la Tasa por Servicios Generales, la cual deberá contener todos los datos personales del solicitante (Nombre, Apellido, DNI, Domicilio, Teléfono de contacto y Dirección de Correo Electrónico).
Original y Fotocopia de:
- Título de Propiedad o instrumento que acredite titularidad del inmueble timbrado de acuerdo a la Ley de sellos, o certificada ante escribano público.
- Recibo de la Tasa por Servicios Generales al día.
- DNI.
Este trámite no tiene costo.
Cambio de responsable de pago de tasa por servicios generales
Es un trámite a través del cual se puede realizar la modificación de responsabilidad en el pago, requiere el inicio de un expediente.
El trámite lo pueden realizar las personas que demuestren titularidad. En caso de presentarse un tercero deberá hacerlo acompañado de una autorización con firma certificada ante Escribano o bien acercarse a la Peatonal Eva Perón 848 con el titular y realizar la autorización por única vez en la Municipalidad.
- Nota dirigida al Sr. Intendente solicitando el cambio de Domicilio de la Tasa por Servicios Generales, la cual deberá contener todos los datos personales del solicitante (Nombre, Apellido, DNI, Domicilio, Teléfono de contacto y Dirección de Correo Electrónico).
- Se solicitarán además los datos personales como nombre y apellido del Poseedor del Inmueble y el domicilio postal que es donde quiere que llegue la boleta de la tasa.
- Número telefónico.
Original y Fotocopia de:
- Boleto de compraventa, cesión de derechos, u otra documentación correspondiente.
- Recibo de la Tasa de Servicios Generales al día.
- DNI.
- Servicio de la Parcela a nombre del Responsable de Pago (luz, gas, agua, etc).
Costo del timbrado según la Ordenanza Fiscal e Impositiva: $ 2099.-
Desbloqueo de partidas baldías
Es una solicitud que se pueda hacer sobre una partida baldía para poder realizar el cambio de titularidad.
- Nota dirigida al Sr. Intendente solicitando el desbloqueo de la partida
- Título de Propiedad o Instrumento que acredite titularidad del inmueble timbrado de acuerdo a la Ley de Sellos, o Certificada ante Escribano Publico
- Recibos de Tasa de Servicios Generales actuales y de hace 10 años.
- Fotocopia del DNI
Valor 2024:
Costo del timbrado según la Ordenanza Fiscal e Impositiva: $ 2099.-
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